Si este es el el argumento, es como decir que no se le puede declarar culpable, "porque ya que está en un cargo público cómo no se va a aprovechar de ello". Y como si fuera un acuerdo tácito, todos aceptamos que si sólo eran "relaciones comerciales... entonces no pasa nada". Para los que no lo sepan, los cargos públicos y administraciones no pueden mantener relaciones comerciales (las relaciones comerciales suponen concurrencia en un mercado libre y abierto, regulado fundamentalmente por la ley de la oferta y la demanda, en función de la que se fija el precio) con ninguna empresa, organización y/o institución en razón de su cargo. Precisamente, eso es así para evitar situaciones como la imputada a Camps. La relación de los cargos públicos y Administracones con las empresas, es de prestación de servicios, con la intermediación de concurso público, si el servicio supera un determinado presupuesto, junto a los mecanismos de control oportunos, diseñados para evitar el tipo de corrupción atribuida a Camps.
Queda patente pues, que la ignorancia es una de las peores lacras. Lo que si saben los miembros del jurado, se les ha repetido hasta la saciedad como un mantra, es que en caso de duda la decisión debe de ser no culpable. Pero esto en ningún caso significa que sea inocente (aunque los efectos mediáticos sean como si lo fuera), sino que a criterio del jurado, no hay suficientes evidencias para declararlo culpable. Entonces, para este jurado y seguro, otros muchos ciudadanos, ¿que son evidencias suficientes?.
Pero ese ya es otro tema...
Verdad Radical
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